Micelio
Auto7 de mayo de 2001

A- de 2001

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Lilia Sanchez De Vargas

Tema · dato duro
Nulidad Por Aplicacion Decreto 1382/00
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Presidente De La Republica
  • Exceso en la potestad reglamentaria
  • Incompetencia para introducir modificaciones al decreto de tutela en materia de competencias
4 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se declaró la nulidad de todo lo actuado en la acción de tutela instaurada por la ciudadana de la referencia a partir del auto proferido por el Juzgado Noveno Civil Municipal de Barranquilla, toda vez que este despacho judicial aplicó el Decreto 1382 de 2000 que resulta contrario a la Constitución.

La Corte encontró que en el presente caso ha debido inaplicarse, y que no podía servir de fundamento para la competencia del juez que profirió la decisión de instancia.

En consecuencia, se ordenó devolver el expediente de la referencia al citado Juzgado para que realice el trámite que corresponda conforme a la Ley.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DECLARAR la nulidad de todo lo actuado en la accion de tutela instaurada por Lilia Sanchez de Vargas contra la Compania de Inversiones de la Flota Mercante S.A. - en Liquidacion Obligatoria -, a partir del auto de fecha 26 de octubre de 2000 proferido por el Juzgado
  2. Noveno. Civil Municipal de Barranquilla.
  3. Segundo. Por Secretaria General de esta Corporacion, REMITASE el expediente de la referencia al Juzgado
  4. Noveno. Civil Municipal de Barranquilla, para que de manera inmediata se le imprima a esta accion de tutela el tramite que corresponda conforme a la Ley.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.